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Qué condiciones debes cumplir para comprar un coche

Publicado: 08-06-2024

Las condiciones para comprar un coche en España son realmente fáciles de cumplir, siempre que dispongamos del dinero suficiente para poder pagarlo. Pero no ocurre lo mismo cuando la operación está sujeta a la concesión de un préstamo bancario o a la firma de un contrato de arrendamiento financiero.

Qué documentación necesitas para comprar un coche nuevo

En los dos últimos casos, la cosa puede complicarse bastante. Veamos qué hacer para comprar un coche en las distintas situaciones:

Documentación necesaria para adquirir un vehículo sin financiación por parte de una persona física

El único documento que debes presentar para poder adquirir un vehículo, nuevo o de ocasión, es el DNI o un documento identificativo equivalente, como la tarjeta de residencia.

Ni siquiera es necesario ser mayor de edad para ostentar la titularidad de un coche en nuestro país: bastará con que el menor que adquiere el vehículo cuente con un DNI en vigor y con la autorización de sus tutores legales.

Evidentemente, el menor de edad no podrá conducirlo y cualquier responsabilidad derivada del uso del vehículo recaerá legalmente sobre los tutores del menor.

Documentos que hay que presentar para adquirir un coche por parte de una persona jurídica

En el caso de una persona jurídica, como pueda ser una empresa o una asociación, tendremos que presentar:

  • Escrituras de constitución de la entidad.
  • Acreditación notarial de concesión de poderes a la persona o personas que firmarán el documento de compraventa.
  • DNI en vigor o documento equivalente del apoderado o apoderados societarios intervinientes en la adquisición del vehículo.

Como vemos, los requisitos para comprar un auto en España son mínimos. Cosa bien distinta es que tengamos que financiar el vehículo para poder adquirirlo o disponer de los derechos de uso exclusivo del mismo.

Requisitos para comprar un coche financiado

Para hacernos con un coche financiándolo, disponemos de dos opciones:

  • Financiación clásica mediante un préstamo concedido por una entidad financiera
  • Arrendamiento financiero mediante las fórmulas de renting o leasing

En el primer caso, quien adquiere el coche recibe de la entidad financiera el importe (parcial o total) correspondiente al precio del vehículo y el concesionario recibe el dinero de forma previa a la entrega del vehículo.

En el segundo, es una empresa especializada en arrendamientos financieros o el propio fabricante del coche quien cede al comprador los derechos de uso del vehículo, a cambio de una cuota mensual. En estas operaciones de renting o leasing pueden hacerse con o sin entrada y los plazos contractuales oscilan normalmente entre los 12 meses y los 6 años.

Al final del contrato de arrendamiento, el conductor puede devolver el coche o quedárselo en propiedad a cambio de un pago final, cuyo importe es muy variable.

En todas las modalidades de financiación, el adquirente del vehículo debe cumplir una larga lista de requisitos:

  • Al contrario que cuando se compra un coche de contado, el comprador del coche o el representante de la entidad que lo adquiere ha de ser mayor de edad.
  • Debe aportarse el DNI o documento equivalente del particular o de los apoderados de la entidad que solicita la financiación del vehículo. En este último caso, también son necesarias las escrituras de la sociedad y los poderes notariales.
  • Es imprescindible acreditar la solvencia: en el caso de los particulares, habrá que aportar las últimas nóminas y la declaración del IRPF. Para coches de empresas y organizaciones, nos solicitaran copia de las liquidaciones del Impuesto de Sociedades e incluso de las declaraciones trimestrales del IVA. Los autónomos deberán justificar sus ingresos con documentación adicional, como puedan ser los extractos de movimientos bancarios.
  • Contrato de trabajo: ciertas entidades financieras incluyen esta exigencia a las personas físicas, especialmente si son ciudadanos de terceros países.
  • Avalistas: en ocasiones, la entidad que concede la financiación puede condicionarla a que el contrato también sea firmado por avalistas solventes.
  • Morosidad: si el solicitante de la financiación está incluido en ASNEF o en otros registros de impagados y morosos, las solicitudes de financiación pueden ser rechazadas a pesar de que el cliente sea solvente al 100%. No obstante, un simple impagado de una factura telefónica no es motivo de denegación de la operación.

Adicionalmente, existen distintos tratamientos a la hora de formalizar la financiación del coche: a algunas financieras y fabricantes de vehículos les basta con firmar un contrato de carácter privado. Sin embargo, otras exigen que el contrato sea validado ante notario.

En el último caso, un dato muy a tener en cuenta es que los gastos notariales suelen correr por cuenta y riesgo del interesado.

Y, aunque parezca que las condiciones para comprar un coche financiado son muy exigentes, la buena noticia es que las entidades financieras ligadas a los propios fabricantes son menos estrictas que los bancos a la hora de aprobar las operaciones. Por tanto, si tu banco se cierra en banda a concederte la financiación que necesitas, quizá tengas la puerta abierta para hacerlo en el propio concesionario.